La abogada Betina Stein desafía a la justicia y pide que los funcionarios
que cometieron corrupción y nos endeudaron, paguen con su patrimonio.
Ella rescata un fallo contra Massera que estableció
que los funcionarios públicos responsables de irregularidades, deben responder
con sus patrimonios.
Existe una ley de responsabilidad que claramente
establece la responsabilidad de los funcionarios cuando cumplen de una manera
irregular con sus obligaciones y en ese caso tienen que responder con su
patrimonio.
El antecedente fue el del ex almirante Massera que tuvo que responder con su patrimonio por las atrocidades que cometió en ejercicio y en ocasión de sus funciones. La doctora Stein conoce bien el tema porque fue la abogada del demandante que era Daniel Tarnopolsky, a quien le secuestraron toda su familia y permanecen desaparecidos, e iniciaron una demanda civil.
El antecedente fue el del ex almirante Massera que tuvo que responder con su patrimonio por las atrocidades que cometió en ejercicio y en ocasión de sus funciones. La doctora Stein conoce bien el tema porque fue la abogada del demandante que era Daniel Tarnopolsky, a quien le secuestraron toda su familia y permanecen desaparecidos, e iniciaron una demanda civil.
“Hablo de una responsabilidad patrimonial, no me
meto con la responsabilidad penal. Estoy hablando de una responsabilidad
patrimonial. Y en ese juicio Massera fue condenado a indemnizar a Daniel
Tarnopolsky. Esa condena fue revisada por las tres instancias porque llegó
incluso a la corte y entre en los tres casos se dijo lo mismo. Una de las
razones, de fundamentos, fue justamente que Massera era un funcionario público,
era un funcionario político y el hecho fue cometido en ocasión de sus funciones
y tenía que responder con su propio patrimonio”, expresó Stein.
Y aclaró que traía a colación este tema porque a
raíz de la resolución en un juicio de amparo en el que se solicitaba
información, de acuerdo a la ley de acceso a la información pública, respecto
del préstamo del Fondo Monetario, la Cámara del Contencioso Administrativo
Federal, la Sala 3a dictó un fallo en el cual dice que la suscripción del
préstamo con el Fondo Monetario Internacional era potestad del Poder Ejecutivo,
y que no tenían que emitir ningún dictamen de acuerdo a la Ley de
Administración Financiera.
“Esto es un absurdo, primero porque la Ley de
Procedimientos Administrativos dice claramente que cualquier acto que pueda
afectar derechos tiene que estar prevenido de un dictamen de los servicios
jurídicos y la Ley de Administración Financiera dice expresamente que cuando el
crédito es externo se necesita un informe del Banco Central respecto del
impacto que tenga sobre la balanza de pagos. Que quiero decir con esto, que si
esto se confirma, hay una red, hay un compromiso muy grande de la
responsabilidad de todos los funcionarios políticos de este gobierno que
tuvieron involucrados en esto”, dijo la Dra. Stein, agregando “Y hay otro tema
que es muy importante, la Argentina firmó en el año 2003 y se hizo ley en el
año 2006 la Convención sobre Corrupción. En esa convención se establece
expresamente que la Argentina debe tener instrumentos para que toda persona
damnificada por un funcionario público pueda solicitar su reparación. Todos los
estados partes estuvieron de acuerdo en que el principal damnificado es el
estado mismo.
Por eso es tan importante que sea el estado, el
próximo gobierno, porque el estado es una abstracción, somos todos, quien a
través de sus órganos, ya sea a través
de sus ministerios, de algunos de sus órganos administrativos, quien inicie
estas demandas civiles, para exigir que sean los funcionarios políticos
involucrados que respondan con su patrimonio”. Y aclarando que “en la causa que
lleva el juez Canicoba Corral se investiga la responsabilidad penal del
funcionario público y yo hablo de la responsabilidad patrimonial. En el caso
Massera el damnificado era una persona en particular, en este caso es la
sociedad argentina.(...) El estado argentino no suele reclamar de sus
funcionarios todos aquellos perjuicios patrimoniales, consecuencia de las irregularidades
cometidas. Un ejemplo fueron las desapariciones de la dictadura militar por las
que se dictaron leyes reparatorias, sin la asunción por parte del estado de
responsabilidad. Ahora esos hechos no fueron cometidos por el estado abstracción,
por todos nosotros. Había claramente condenados y eran los que los habían
cometido. El estado nunca reclamó, nunca repitió lo que tuvo que pagar contra
ellos y esto es lo que me parece que hay que cambiar”.