15 de mayo 2019
La Justicia dio un importante paso hacia el
esclarecimiento del asesinato estatal de Rafael Nahuel. La Cámara de
Apelaciones de General Roca descartó los procesamientos contra cuatro
integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina bajo la figura
de “homicidio en exceso de legítima defensa”, y en cambio procesó por
“homicidio agravado” al Cabo Primero Francisco Javier Pintos, de cuya arma
subfusil MP5 salió el disparo mortal. Además, le dictó prisión preventiva.
La resolución de 80 páginas -conocida este miércoles-
desarma el relato oficial del ministerio de Seguridad sobre la existencia de un
enfrentamiento armado entre los uniformados y los integrantes de la comunidad
Lafken Winkul Mapu. Precisamente sobre esa teoría Moldes basó su acto de cierre
de la instrucción.
Pero ahora la investigación deberá proseguir y
tanto el Juez Federal de Bariloche como el propio ministerio que conduce
Patricia Bullrich recibieron duras críticas de los magistrados de la Cámara.
Por caso, los jueces descartaron la relevancia de
la pericia balística realizada por Gendarmería que echó un manto de duda sobre
la procedencia de la bala que mató a Nahuel. Ese trabajo había sido solicitado
por los Albatros comprometidos -fundamentalmente por la defensa de Pintos-,
luego que una primera pericia determinara de forma indubitable que el proyectil
provino del subfusil MP5 del Cabo Pintos.
Ahora, aquel primer informe realizado por probados profesionales como el perito Ricardo Nigris, vuelve a ser una prueba clave en torno a la responsabilidad del homicidio.
En tanto, en su resolución, la Cámara dictó la
falta de mérito para los otros tres Prefectos involucrados, Juan Ramón Obregón,
Carlos Valentín Sosa, Sergio Cavia, ya que, al quedar parcialmente acreditada
la responsabilidad de Pintos, no les cabe para el Tribunal la imputación por el
asesinato.
RELATO
El 27 de noviembre de 2017, un día y medio
después del homicidio y con un audio de whatsapp de uno de los uniformados
involucrados como única base de sustento, la Ministra de Seguridad Patricia
Bullrich dio su versión sobre lo sucedido. Dijo que los mapuches habían
disparado con armas de fuego, “de grueso calibre” que incluso “arrancaban ramas
de árboles de cuajo”. Habló de máscaras antigases y un despliegue defensivo con
tácticas de guerra.
A pesar del cúmulo de pruebas, pericias,
testimonios y la inspección ocular en el lugar que desmienten ese relato, el
Ministerio no se movió un centímetro de su discurso.
Ahora, la Justicia cuestionó con dureza esa
posición. El Juez Ricardo Barreiro, en su fallo, planteó que “es notorio que el
Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gestión, un rol activo en la
defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad
involucrados en episodios bajo investigación judicial. Y lo ha hecho no con la
mesura, la distancia y el respeto por el Poder Judicial de la Nación y la
división de poderes que exige la República, sino con intervenciones que no
toman en cuenta el trámite de las causas judiciales, sus tiempos ni las
decisiones de los magistrados”.
Además cuestionó a Bullrich porque “antes de que
las pesquisas avancen lo suficiente como para echar mínima luz sobre los
sucesos, se publican declaraciones del más alto nivel cuestionando a la
judicatura, o las medidas probatorias dispuestas o, lisa y llanamente,
sentenciando -mediáticamente- que el o los funcionarios implicados no han
cometido delito y que son inocentes”.
Fuente: El Destape