jueves, 12 de julio de 2018

El Big Brother lo sabrá todo


Vigilancia para tods las 24 horas del día, incluyendo la oposición y la competencia
Por Horacio Verbitsky
El gobierno se propone aprobar el miércoles 18 en el Senado una reforma integral del Código Procesal Penal sancionado en diciembre de 2014 pero que aún no entró en vigencia. Con el pretexto de combatir delitos particularmente odiosos como los secuestros y el narcotráfico, procura concentrar poderes sin precedentes en la historia argentina, que podrán ser utilizados desde la Capital Federal en todo el país contra cualquier ciudadano que incomode al poder político, incluyendo adversarios electorales, gobernadores de la oposición, organizaciones sindicales o sociales que reclamen por sus derechos, pero también competidores económicos del presidente Maurizio Macrì y de sus parientes, socios, testaferros y amigos. También legalizaría la aplicación del software israelí Pegasus sobre el que informé en detalle el año pasado, que permite penetrar en la intimidad de una persona y utilizar el micrófono, la cámara y el localizador satelital de su propio teléfono como instrumento de espionaje sobre su vida, incluyendo el seguimiento de cada uno de sus pasos y hasta sus encuentros íntimos.

Este proyecto de 66 artículos pero más de un centenar de incisos fue presentado por el senador salteño Rodolfo Urtubey y el entrerriano Pedro Guastavino el 2 de marzo pero su ingreso recién se informó el 21 de marzo. El 10 de abril fue incluido en el temario de la reunión de comisión de Justicia y Asuntos Penales que preside Guastavino, que lo consideró al día siguiente durante apenas 20 minutos  ya con las firmas suficientes para su aprobación: 12 sobre  17.  Por eso se negaron a convocar nuevas reuniones o a citar a expertos que opinaran sobre su contenido.  El sigilo y el apuro son elocuentes: semejante ley que aniquila las libertades civiles no soporta un debate público. Además de sus autores firmaron Ernesto Martínez, Néstor Braillard Poccard, Federico Pinedo, Oscar Castillo, Silvia Elías de Pérez, Olga Brizuela Doria de Cara, Cristina Fiore Viñuales,  Sigrid Kunath, Juan M. Pais y Guillermo Snopek, un muestrario de transversalidad, por lo que estará en condiciones de ser tratado en el recinto el miércoles antes de que alguien más que los lectores de esta nota se enteren.
 
El PAK en acción
Un hermano de Urtubey gobierna Salta, lidera el opoficialismo y pretende presentar su candidatura presidencial. Otro hermano es dirigente de la Unión Industrial. Guastavino fue uno de los organizadores de la cumbre de Gualeguaychú convocada por el Senador Miguel Pichetto para organizar un Peornismo Antídoto contra el Kirchnerismo (PAK), que facilite la reelección del presidente Macrì en 2019 por la fragmentación de las fuerzas que se le oponen. A eso le llaman racionalidad y la reforma procura avalar esa idea, mostrando lo que le espera a quien se oponga.

En la misma dirección apunta la simultánea decisión de la jueza federal María Servini de intervenir el Partido Justicialista y designar para reorganizarlo a un entusiasta de la democracia como Luis Barrionuevo.

El proyecto presentado por Urtubey, quien aspiraba a suceder en la Procuración General a Alejandra Gils Carbó, acaba con el federalismo y subordina  las fiscalías de todas las provincias al Ministerio Público Fiscal. El artículo 117 del Código vigente contemplaba que cuando los delitos se cometieran en más de una jurisdicción el Ministerio Público fiscal podría  “formar equipos” para “coordinar la investigación con las autoridades de otras jurisdicciones”. El Código Urtubey suma a esa cooperación a los fiscales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los más dóciles al gobierno nacional, y añade que los federales podrán “encomendar a los fiscales provinciales actividades de investigación”. Ya no se trata de coordinar sino de darles órdenes.

En el Código vigente los allanamientos y detenciones en otra jurisdicción deben solicitarse por exhorto al juez del lugar. Un nuevo artículo 117 bis sostiene que el fiscal federal puede realizarlas con la sola autorización del juez del caso y recién después comunicar al juez federal del lugar “la medida practicada y los resultados obtenidos”. Con esta comunicación a posteriori también se castra a los jueces federales de las provincias. Los gobernadores de la oposición pueden ir poniendo sus barbas en remojo. Y esto no es una metáfora, Gildo. Tal vez por eso entre las firmas del dictamen no figura la del Senador formoseño José Luis Mayans, quien hace dos semanas ayudó a estibar las preguntas más pesadas al Ministro de Deuda y Evasión Luis Caputo, el Primo Toto.

El artículo 17 del Código dice que sólo se podrá detener a una persona cuando exista “peligro real de fuga u obstaculización de la investigación”. El proyecto Urtubey sólo cambia una palabra: suprime real, con lo cual no será necesario fundamentar en qué consistiría el peligro de fuga u obstrucción. Al 189, que enumera en qué consistiría el peligro de entorpecimiento, agrega un nuevo inciso d: la existencia de indicios de que el imputado “intentará asegurar el provecho del delito”, cosa que obviamente ocurre en cualquier delito, con lo cual la libertad durante el proceso pasará a ser otro derecho básico perdido. Ambas novedades parecen tomadas de la decisión de la justicia jujeña por la cual perdió la libertad su ex gobernador Fellner.  El fiscal solicitó y el juez ordenó detenerlo porque viajó a Panamá, que es una guarida fiscal.

El artículo 30 de la reforma de la reforma agrega a la Primera Parte del Código Vigente todo un Título sobre Técnicas Especiales de Investigación, que legaliza la utilización de los chiches de espionaje que la ministra de Seguridad Patricia Bullrich adquirió a proveedores israelíes, como el software Pegasus, que ya fue usado en México no para combatir el delito sino para espiar a periodistas, ONGs, abogados de derechos humanos, opositores políticos y también organismos defensores del consumidor que investigaban productos de compañías multinacionales de refrescos y la institución Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad. Aunque la justicia haya desprocesado a Macrì en la causa por las escuchas ilegales, es imprescindible retener que según sus propias afirmaciones, el organizador de esa red y primer jefe de la policía porteña, el comisario Fino Palacios, le fue recomendado por las embajadas de Estados Unidos e Israel. La literatura de la empresa proveedora indica que su software sólo puede ser adquirido por estados con un limpio récord en materia de Derechos Humanos, pero el ejemplo de Pegasus en México desarma ese relato. En la investigación sobre el uso desviado del Pegasus en México participó la organización canadiense Citizen Lab de la Universidad de Toronto y sus conclusiones fueron publicadas por el diario New York Times. Durante las manifestaciones de diciembre contra la reducción de haberes jubilatorios pudieron apreciarse los preparativos del gobierno de Macrì para tratar a quienes protestan en el estilo que las tropas israelíes reservan a los pobladores palestinos.

Los 36 incisos que Urtubey intenta agregar al artículo 175 del Código, en una ridícula jerga latina (¡del 175 bis hasta el 175 sextricies!), regulan el uso de esas técnicas especiales de investigación. Los distintos incisos permiten mantener esas medidas durante un año antes de que el juez de revisión “deba controlar los motivos que fundamenten su continuidad”. La vigilancia acústica autorizada incluye la escucha y grabación no ostensible “de las conversaciones privadas del imputado” en cualquier lado que esté y el acceso en forma no ostensible al contenido de las comunicaciones del imputado “a través de la intervención de las terminales o de los medios de comunicación que utiliza”; o de un software que penetre el contenido de ordenadores, sistemas informáticos, bases de datos, y medios de seguimiento y localización. Por ejemplo el conmutador telefónico de Techint, el servidor de comunicaciones de Benito Roggio, la base de datos de clientes y transacciones del Banco Provincia, o los datos de los tribunales eclesiásticos sobre pedofilia, porque hay un empleado del que se sospecha que vende cocaína, cortó una ruta, contrabandea euros falsos o abusó de una nena. Esta no es una hipótesis fantasiosa. El procesamiento de Macrì revocado en cuanto asumió la presidencia se debió a las escuchas ordenadas por un juez de Misiones en una causa por un homicidio, que incluían a familiares de victimas del atentado a la DAIA que cuestionaban al  primer jefe de la policía porteña; empresarios que competían con el hermano de un funcionario de seguridad de Macrì por los derechos de la televisación del fútbol, gerentes del supermercadista Alfredo Coto, un directivo del shopping Alto Palermo que interesaba al amigo presidencial Marcelo Mindlin y al esposo de la hermana Sandra Macrì, a quien la famiglia quería alejar de Sandra y de su herencia. Los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah confirmaron el procesamiento de Macrì por consentir esas escuchas ilegales que organizaba el policía Ciro James,  a órdenes directas del comisario Palacios. Los camaristas señalaron que la policía metropolitana tenía prohibido realizar el tipo de inteligencia que consta en el curriculum de James. Macrì se liberaría como presidente de esa restricción, con el proyecto que para mayor perfección presentan los compañeros del PAK. Freiler ya fue destituido, Ballestero  anunció que se jubila para que no le ocurra lo mismo y Farah está negociando su traslado a Mar del Plata, la jurisdicción de la que fue importado por Javier Fernandez de Stiuso, el operador en tribunales de todos los gobiernos.

La enumeración de casos en los que el fiscal podría pedir estas medida de investigación con tecnologías sofisticadas es ociosa, ya que la lista incluye la asociación ilícita, esa figura comodín que fiscales y jueces emplean cuando no consiguen pruebas de un delito. Basta con que tres personas se comploten para cometer delitos indeterminados para que se les aplique. También menciona como justificación los delitos contra el orden económico y financiero.

El artículo 5 del CPP vigente sostiene que “nadie puede ser perseguido penalmente ni condenado más de una vez por el mismo hecho. No se pueden reabrir los procedimientos fenecidos, salvo la revisión de las sentencias a favor del condenado”. El proyecto reformista suprime la parte en bastardilla del artículo. Esto no es por azar. El actual ministro de la Corte Suprema Carlos Fernando Rosenkrantz, abogado de Clarín a quien Macrì designó en la Corte por decreto, lo está planeando desde 2014, con el propósito de volver a juzgar a Cristina en las causas en las que fue absuelta. Ese año Rosenkrantz prologó un libro con dos trabajos sobre el tema, uno del entonces secretario de Martín Irurzun en la Cámara Federal, Federico Morgenstern. En cuanto asumió en la Corte, Rosenkrantz designó como prosecretario letrado para asuntos de confianza a Morgenstern quien el año pasado redactó el fallo del 2×1 en una causa por crímenes de lesa humanidad.

En síntesis, de aprobarse este disparatado proyecto el Estado con sus Moldes, Stornellis, Plees y Marijuanes podrían hacerle cualquier iniquidad a cualquier ciudadano en cualquier lugar del país.

Cuando comenzaron las protestas por la detención de Milagro Sala, los comités por su libertad denunciaron que llevaba tres meses detenida sin que se la indagara ni se dictara su prisión preventiva. El ministro de Justicia, Germán Garavano dijo que eso no era posible. Cuando le enviaron el Código Procesal Penal jujeño que lo permite no pudo reprimir una exclamación: “Esto es inconstitucional”. Por supuesto, no dio ni un paso para promover su modificación. El contador Morales es un pionero en la materia y su campaña de ley y orden es la base de su aspiración a suceder como vicepresidente a Gabriela Michetti.

El método de la intimidación funciona mucho mejor cuando lo practica el gobierno, en un fuero que nunca ha sido cuna de héroes cívicos. Que lo cuente María Servini, quien decretó la intervención del Partido Justicialista con argumentos aberrantes y designó interventor a Luis Barrionuevo, quien cuando ve una urna saca su encendedor. Lo asesora el ex dirigente de la rama masserista del movimiento Julio Bárbaro, cuyo amor por la democracia no se debilitó ni siquiera cuando su candidatura en olor de santidad quedó lejos del 1% de los votos.

Inspiró la medida el ex senador Eduardo Duhalde, quien accedió por unos meses al Poder Ejecutivo por un enjuague palaciego luego de perder las elecciones presidenciales dos años antes. En 2003 modificó la ley electoral para que las internas fueran substituidas por la presencia de tres candidatos de su partido en la elección general, como ley de lemas sui generis. Duhalde explicó entonces que si Carlos Menem vencía en una interna, acumularía en la general todo el voto peronista y se impondría con comodidad. Sólo dividiendo ese caudal en tres sería posible forzarlo a un balotaje, en el que sus chances eran débiles. Así fue, pero Menem le birló el trofeo retirándose de la segunda vuelta contra Néstor Kirchner, el títere imaginado por el perspicaz estadista de Lomas de Zamora.

Ahora Duhalde asesora en estos temas al presidente Macrì, cuya reelección sería imposible si el justicialismo dirimiera su candidatura presidencial en una primaria abierta. Cambian los enemigos pero las motivaciones del equilibrista de la damajuana son siempre altruistas, como desalentadores sus resultados. Ofendido porque designaron a Barrionuevo y no a él, se niega a integrar el Consejo Asesor. No será simple constituirlo, porque cada candidato piensa que el otro tiene  mal olor, y ninguno se equivoca.
En noviembre el auto de Servini estacionado frente a su casa de Palermo, fue violentado en un momento en que había desaparecido el custodio de la policía porteña, y se llevaron expedientes y regalos de Navidad del baúl. Sin dudar dijo que era una amenaza, que por lo visto surtió efecto: la solicitud de intervención presentada por la rama sindical de Cambiemos (las 62 Organizaciones del difunto Jerónimo Venegas), el decreto de la jueza y el comentario posterior del interventor Luis Barrionuevo salieron de la misma pluma. Incluso, la parte resolutiva está escrita con las mayúsculas de los servicios de informaciones, que no de la judicatura, como indicio de catanpeitismo, una enfermedad viral en el fuero. Tampoco le pidieron opinión sobre el nombre del interventor, porque en ese caso hubiera dicho que debería ser abogado, contador o economista, inscripto en el Colegio Público de Abogados o el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, según el reglamento del Consejo de la Magistratura, ni tener relación con la entidad intervenida, según el Código Procesal Civil y Comercial. Servini no insistió en ser escuchada porque entendió el episodio de noviembre con su auto y porque la ilusionaron que ese fallo podría debilitar la prescindencia de Macrì en el pedido de juicio político contra el presidente de la Corte Suprema. Servini es la principal informante de Elisa Carrió en esa solicitud, porque Ricardo Lorenzetti hizo cesantear a su hijo Eduardo Cubría en la batalla por la administración del Consejo de la Magistratura. Intimidado ante esa perspectiva, Lorenzetti dio marcha atrás con la Acordada 4 que había recordado la necesidad de selección por el Consejo de la Magistratura y acuerdo del Senado para trasladar a un juez de un tribunal a otro, y firmó la Acordada 9, que convalida esos traslados. La única excepción hasta ahora es el TOF 9, creado ad hoc para condenar a CFK en varias causas. Asediado, Lorenzetti organizó una visita de periodistas a la central de inteligencia desde la cual se graban las comunicaciones de los teléfonos intervenidos, para negar responsabilidad en su filtración. La condujo el titular del organismo, Juan Tomás Rodríguez Ponte, tan mal que mostró las pantallas con la nómina de teléfonos intervenidos. Por ejemplo la Granja Educativa Hotel de Campo Los Robles, que se ofrece para fiestas infantiles de colegios católicos, la empresa FIT-ADN o el investigado en la causa por el abuso de jugadores de fútbol Leo Cohen Arazi. Es decir, una filtración ilegal para negar otras.

Una aberración constitucional
La sustitución por los jueces de las autoridades de los partidos políticos es una aberración constitucional. El artículo 37 de la Constitución “garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia”; el 38 define a los partidos políticos como “instituciones fundamentales del sistema democrático”, aporte del líder radical Raúl Alfonsín a la reforma. “Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas”, continúa el texto.

El único fundamento que Servini atino a mencionar fue “la derrota en los comicios presidenciales como así también el fracaso en el acto electoral para elegir gobernador en el distrito más grande del país” y “el grado de división alcanzado”. Hasta ahora el resultado de las elecciones, quien gana y quien pierde, no era de competencia de la justicia electoral. Luego de esta primera alusión a CFK, agrega que “reconocidos dirigentes partidarios apoyaron candidaturas de partidos o frentes políticos de los que el Justicialismo no formó parte o directamente se han postulado como candidatos de esas agrupaciones que compitieron en el último proceso electoral contra el partido fundado por el General Perón”. Esto constituiría un “vaciamiento partidario, provocado por quienes dicen ser peronistas al solo efecto de obtener una ventaja electoral”. Si algo faltaba para transparentar el mensaje, está en la cita de Perón que transcribe: “El peronismo anhela la unidad nacional y no la lucha”. Sólo faltó explicitar la unidad o la lucha con quién.

Para colmo de ironía concluye con una cita de las Lecciones de Derecho Constitucional del Procurador de Yrigoyen, José Nicolás Matienzo, sobre la organización republicana de los partidos como requisito para la organización republicana de la Nación. Matienzo era de quienes creía que las  facultades de los jueces se limitaban a la resolución de conflictos y nunca podían sustituir en las decisiones a los órganos políticos. Incluso rechazó en un dictamen la intervención judicial en un juicio político. Se hubiera horrorizado ante jueces que legislan, deciden sobre designaciones o remociones de jueces, declaran inconstitucional la Constitución o dirigen partidos políticos.

El decreto de Servini dice que el interventor judicial deberá dialogar con todos los sectores partidarios. Pero por si alguien no había entendido qué se busca con su nombramiento, Barrionuevo dijo que dialogará con todos menos con los kirchneristas, porque no son peronistas y buscan usar al PJ como guarida.

Últimas noticias de Macondo
Existía acuerdo para comenzar la implementación del Código Procesal Penal  por Salta y Jujuy, cuyo gobernador Gerardo Morales es vanguardia en la reducción de derechos y el encarcelamiento de opositores. Milagro Sala fue detenida por encabezar una protesta frente a la gobernación en enero de 2016, el ex gobernador y presidente del Partido Justicialista Nacional, Eduardo Fellner, la siguió el jueves 12 de este mes. La reforma en trámite intenta someter al resto de los gobernadores que no se plieguen a la voluntad presidencial. Una lógica que también se aplica a jueces o periodistas. En cambio los gobernadores del oficialismo tienen absoluto respaldo para cualquier iniciativa. El viernes 13 fue detenido en San Salvador el dirigente de la Túpac Amaru Santiago Hamud, acusado junto con otras nueve personas de atentado a la autoridad, por haber manifestado el 4 de abril mientras Morales explicaba en la Legislatura la libertad que él garantiza en la provincia. Pero el sábado 14 recuperó su libertad Fellner, prueba adicional de que su detención no tuvo otro propósito que amedrentar a conjunto de la dirigencia política.
Su soltura se produjo en medio de un áspero intercambio de recriminaciones entre los fiscales (Liliana Fernandez de Navarro y Diego Cussell) y el juez Isidro Cruz. Los fiscales se retiraron de la audiencia recriminando al juez que no le haya leido los cargos en su contra, del conocido linaje “Se han robado todo”.  Fernández de Navarro es la íntima amiga del ministro Ekel Meyer que en enero de 2016 forzó plazos, competencias y testimonios para justificar la detención ilegal y arbitraria de Milagro Sala, que según Ernesto Sanz era prerrequisito de la gobernabilidad jujeña. Como el juez no se prestó a ese show predilecto de Morales, Montiel abandonó la audiencia seguida por Cussell, con lo cual  Fellner hubiera podido continuar bajo arresto por tiempo indefinido. Pero el juez Cruz fundamentó en esa deserción de los fiscales la libertad del ex gobernador. Como telón de fondo está la intención de Morales de promover a la Suprema Corte al fiscal general de Acusación Sergio Lello Sánchez y otorgar al ministerio público el manejo de sus recursos. Entre los jueces comienza a señalarse que la mala gestión de Lello en el manejo de las investigaciones terminará con la caída de las causas por corrupción. Otros actores de la política jujeña suministran una explicación alternativa para la voltereta del juez Cruz, que detiene un dia y libera al siguiente: “Morales lo apretó para que detuviera a Fellner y Fellner lo apretó para que lo largara. Aquí todos tienen un muerto en ropero”.

DECIMO ANIVERSARIO DE LA PRESENTACION DE LA UNICA QUERELLA EN EL MUNDO CONTRA LOS CRIMENES DEL FRANQUISMO

Los primeros querellantes: Inés García Holgado y Darío Rivas junto a Nora Cortiñas, titular de las Madres de Plaza de Mayo Línea Fundador...