Vigilancia para tods las 24 horas del día,
incluyendo la oposición y la competencia
Por Horacio Verbitsky
El gobierno se propone aprobar el miércoles 18
en el Senado una reforma integral del Código Procesal Penal sancionado en
diciembre de 2014 pero que aún no entró en vigencia. Con el pretexto de
combatir delitos particularmente odiosos como los secuestros y el narcotráfico,
procura concentrar poderes sin precedentes en la historia argentina, que podrán
ser utilizados desde la Capital Federal en todo el país contra cualquier
ciudadano que incomode al poder político, incluyendo adversarios electorales,
gobernadores de la oposición, organizaciones sindicales o sociales que reclamen
por sus derechos, pero también competidores económicos del presidente Maurizio
Macrì y de sus parientes, socios, testaferros y amigos. También legalizaría la
aplicación del software israelí Pegasus sobre el que informé en detalle el año
pasado, que permite penetrar en la intimidad de una persona y utilizar el
micrófono, la cámara y el localizador satelital de su propio teléfono como
instrumento de espionaje sobre su vida, incluyendo el seguimiento de cada uno
de sus pasos y hasta sus encuentros íntimos.
Este proyecto de 66 artículos pero más de un
centenar de incisos fue presentado por el senador salteño Rodolfo Urtubey y el
entrerriano Pedro Guastavino el 2 de marzo pero su ingreso recién se informó el
21 de marzo. El 10 de abril fue incluido en el temario de la reunión de
comisión de Justicia y Asuntos Penales que preside Guastavino, que lo consideró
al día siguiente durante apenas 20 minutos
ya con las firmas suficientes para su aprobación: 12 sobre 17.
Por eso se negaron a convocar nuevas reuniones o a citar a expertos que
opinaran sobre su contenido. El sigilo
y el apuro son elocuentes: semejante ley que aniquila las libertades civiles no
soporta un debate público. Además de sus autores firmaron Ernesto Martínez,
Néstor Braillard Poccard, Federico Pinedo, Oscar Castillo, Silvia Elías de
Pérez, Olga Brizuela Doria de Cara, Cristina Fiore Viñuales, Sigrid Kunath, Juan M. Pais y Guillermo
Snopek, un muestrario de transversalidad, por lo que estará en condiciones de
ser tratado en el recinto el miércoles antes de que alguien más que los
lectores de esta nota se enteren.
El PAK en acción
Un hermano de Urtubey gobierna Salta, lidera el
opoficialismo y pretende presentar su candidatura presidencial. Otro hermano es
dirigente de la Unión Industrial. Guastavino fue uno de los organizadores de la
cumbre de Gualeguaychú convocada por el Senador Miguel Pichetto para organizar
un Peornismo Antídoto contra el Kirchnerismo (PAK), que facilite la reelección
del presidente Macrì en 2019 por la fragmentación de las fuerzas que se le
oponen. A eso le llaman racionalidad y la reforma procura avalar esa idea,
mostrando lo que le espera a quien se oponga.
En la misma dirección apunta la simultánea
decisión de la jueza federal María Servini de intervenir el Partido
Justicialista y designar para reorganizarlo a un entusiasta de la democracia
como Luis Barrionuevo.
El proyecto presentado por Urtubey, quien
aspiraba a suceder en la Procuración General a Alejandra Gils Carbó, acaba con
el federalismo y subordina las
fiscalías de todas las provincias al Ministerio Público Fiscal. El artículo 117
del Código vigente contemplaba que cuando los delitos se cometieran en más de
una jurisdicción el Ministerio Público fiscal podría “formar equipos” para “coordinar la investigación con las
autoridades de otras jurisdicciones”. El Código Urtubey suma a esa cooperación
a los fiscales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los más dóciles al
gobierno nacional, y añade que los federales podrán “encomendar a los fiscales
provinciales actividades de investigación”. Ya no se trata de coordinar sino de
darles órdenes.
En el Código vigente los allanamientos y
detenciones en otra jurisdicción deben solicitarse por exhorto al juez del
lugar. Un nuevo artículo 117 bis sostiene que el fiscal federal puede
realizarlas con la sola autorización del juez del caso y recién después
comunicar al juez federal del lugar “la medida practicada y los resultados
obtenidos”. Con esta comunicación a posteriori también se castra a los jueces
federales de las provincias. Los gobernadores de la oposición pueden ir
poniendo sus barbas en remojo. Y esto no es una metáfora, Gildo. Tal vez por
eso entre las firmas del dictamen no figura la del Senador formoseño José Luis
Mayans, quien hace dos semanas ayudó a estibar las preguntas más pesadas al Ministro
de Deuda y Evasión Luis Caputo, el Primo Toto.
El artículo 17 del Código dice que sólo se podrá
detener a una persona cuando exista “peligro real de fuga u obstaculización de
la investigación”. El proyecto Urtubey sólo cambia una palabra: suprime real,
con lo cual no será necesario fundamentar en qué consistiría el peligro de fuga
u obstrucción. Al 189, que enumera en qué consistiría el peligro de
entorpecimiento, agrega un nuevo inciso d: la existencia de indicios de que el
imputado “intentará asegurar el provecho del delito”, cosa que obviamente
ocurre en cualquier delito, con lo cual la libertad durante el proceso pasará a
ser otro derecho básico perdido. Ambas novedades parecen tomadas de la decisión
de la justicia jujeña por la cual perdió la libertad su ex gobernador
Fellner. El fiscal solicitó y el juez
ordenó detenerlo porque viajó a Panamá, que es una guarida fiscal.
El artículo 30 de la reforma de la reforma
agrega a la Primera Parte del Código Vigente todo un Título sobre Técnicas
Especiales de Investigación, que legaliza la utilización de los chiches de
espionaje que la ministra de Seguridad Patricia Bullrich adquirió a proveedores
israelíes, como el software Pegasus, que ya fue usado en México no para
combatir el delito sino para espiar a periodistas, ONGs, abogados de derechos
humanos, opositores políticos y también organismos defensores del consumidor
que investigaban productos de compañías multinacionales de refrescos y la
institución Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad. Aunque la justicia
haya desprocesado a Macrì en la causa por las escuchas ilegales, es
imprescindible retener que según sus propias afirmaciones, el organizador de
esa red y primer jefe de la policía porteña, el comisario Fino Palacios, le fue
recomendado por las embajadas de Estados Unidos e Israel. La literatura de la
empresa proveedora indica que su software sólo puede ser adquirido por estados
con un limpio récord en materia de Derechos Humanos, pero el ejemplo de Pegasus
en México desarma ese relato. En la investigación sobre el uso desviado del
Pegasus en México participó la organización canadiense Citizen Lab de la
Universidad de Toronto y sus conclusiones fueron publicadas por el diario New
York Times. Durante las manifestaciones de diciembre contra la reducción de
haberes jubilatorios pudieron apreciarse los preparativos del gobierno de Macrì
para tratar a quienes protestan en el estilo que las tropas israelíes reservan
a los pobladores palestinos.
Los 36 incisos que Urtubey intenta agregar al
artículo 175 del Código, en una ridícula jerga latina (¡del 175 bis hasta el
175 sextricies!), regulan el uso de esas técnicas especiales de investigación.
Los distintos incisos permiten mantener esas medidas durante un año antes de
que el juez de revisión “deba controlar los motivos que fundamenten su
continuidad”. La vigilancia acústica autorizada incluye la escucha y grabación
no ostensible “de las conversaciones privadas del imputado” en cualquier lado
que esté y el acceso en forma no ostensible al contenido de las comunicaciones
del imputado “a través de la intervención de las terminales o de los medios de
comunicación que utiliza”; o de un software que penetre el contenido de
ordenadores, sistemas informáticos, bases de datos, y medios de seguimiento y
localización. Por ejemplo el conmutador telefónico de Techint, el servidor de
comunicaciones de Benito Roggio, la base de datos de clientes y transacciones
del Banco Provincia, o los datos de los tribunales eclesiásticos sobre
pedofilia, porque hay un empleado del que se sospecha que vende cocaína, cortó
una ruta, contrabandea euros falsos o abusó de una nena. Esta no es una
hipótesis fantasiosa. El procesamiento de Macrì revocado en cuanto asumió la
presidencia se debió a las escuchas ordenadas por un juez de Misiones en una
causa por un homicidio, que incluían a familiares de victimas del atentado a la
DAIA que cuestionaban al primer jefe de
la policía porteña; empresarios que competían con el hermano de un funcionario
de seguridad de Macrì por los derechos de la televisación del fútbol, gerentes
del supermercadista Alfredo Coto, un directivo del shopping Alto Palermo que
interesaba al amigo presidencial Marcelo Mindlin y al esposo de la hermana
Sandra Macrì, a quien la famiglia quería alejar de Sandra y de su herencia. Los
camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah confirmaron el
procesamiento de Macrì por consentir esas escuchas ilegales que organizaba el
policía Ciro James, a órdenes directas
del comisario Palacios. Los camaristas señalaron que la policía metropolitana
tenía prohibido realizar el tipo de inteligencia que consta en el curriculum de
James. Macrì se liberaría como presidente de esa restricción, con el proyecto
que para mayor perfección presentan los compañeros del PAK. Freiler ya fue
destituido, Ballestero anunció que se
jubila para que no le ocurra lo mismo y Farah está negociando su traslado a Mar
del Plata, la jurisdicción de la que fue importado por Javier Fernandez de
Stiuso, el operador en tribunales de todos los gobiernos.
La enumeración de casos en los que el fiscal
podría pedir estas medida de investigación con tecnologías sofisticadas es
ociosa, ya que la lista incluye la asociación ilícita, esa figura comodín que
fiscales y jueces emplean cuando no consiguen pruebas de un delito. Basta con
que tres personas se comploten para cometer delitos indeterminados para que se
les aplique. También menciona como justificación los delitos contra el orden
económico y financiero.
El artículo 5 del CPP vigente sostiene que
“nadie puede ser perseguido penalmente ni condenado más de una vez por el mismo
hecho. No se pueden reabrir los procedimientos fenecidos, salvo la revisión de
las sentencias a favor del condenado”. El proyecto reformista suprime la parte
en bastardilla del artículo. Esto no es por azar. El actual ministro de la
Corte Suprema Carlos Fernando Rosenkrantz, abogado de Clarín a quien Macrì
designó en la Corte por decreto, lo está planeando desde 2014, con el propósito
de volver a juzgar a Cristina en las causas en las que fue absuelta. Ese año
Rosenkrantz prologó un libro con dos trabajos sobre el tema, uno del entonces
secretario de Martín Irurzun en la Cámara Federal, Federico Morgenstern. En
cuanto asumió en la Corte, Rosenkrantz designó como prosecretario letrado para asuntos
de confianza a Morgenstern quien el año pasado redactó el fallo del 2×1 en una
causa por crímenes de lesa humanidad.
En síntesis, de aprobarse este disparatado
proyecto el Estado con sus Moldes, Stornellis, Plees y Marijuanes podrían
hacerle cualquier iniquidad a cualquier ciudadano en cualquier lugar del país.
Cuando comenzaron las protestas por la detención
de Milagro Sala, los comités por su libertad denunciaron que llevaba tres meses
detenida sin que se la indagara ni se dictara su prisión preventiva. El
ministro de Justicia, Germán Garavano dijo que eso no era posible. Cuando le
enviaron el Código Procesal Penal jujeño que lo permite no pudo reprimir una
exclamación: “Esto es inconstitucional”. Por supuesto, no dio ni un paso para
promover su modificación. El contador Morales es un pionero en la materia y su
campaña de ley y orden es la base de su aspiración a suceder como
vicepresidente a Gabriela Michetti.
El método de la intimidación funciona mucho
mejor cuando lo practica el gobierno, en un fuero que nunca ha sido cuna de
héroes cívicos. Que lo cuente María Servini, quien decretó la intervención del
Partido Justicialista con argumentos aberrantes y designó interventor a Luis
Barrionuevo, quien cuando ve una urna saca su encendedor. Lo asesora el ex
dirigente de la rama masserista del movimiento Julio Bárbaro, cuyo amor por la
democracia no se debilitó ni siquiera cuando su candidatura en olor de santidad
quedó lejos del 1% de los votos.
Inspiró la medida el ex senador Eduardo Duhalde,
quien accedió por unos meses al Poder Ejecutivo por un enjuague palaciego luego
de perder las elecciones presidenciales dos años antes. En 2003 modificó la ley
electoral para que las internas fueran substituidas por la presencia de tres
candidatos de su partido en la elección general, como ley de lemas sui generis.
Duhalde explicó entonces que si Carlos Menem vencía en una interna, acumularía
en la general todo el voto peronista y se impondría con comodidad. Sólo
dividiendo ese caudal en tres sería posible forzarlo a un balotaje, en el que
sus chances eran débiles. Así fue, pero Menem le birló el trofeo retirándose de
la segunda vuelta contra Néstor Kirchner, el títere imaginado por el perspicaz
estadista de Lomas de Zamora.
Ahora Duhalde asesora en estos temas al
presidente Macrì, cuya reelección sería imposible si el justicialismo dirimiera
su candidatura presidencial en una primaria abierta. Cambian los enemigos pero
las motivaciones del equilibrista de la damajuana son siempre altruistas, como
desalentadores sus resultados. Ofendido porque designaron a Barrionuevo y no a
él, se niega a integrar el Consejo Asesor. No será simple constituirlo, porque
cada candidato piensa que el otro tiene
mal olor, y ninguno se equivoca.
En noviembre el auto de Servini estacionado
frente a su casa de Palermo, fue violentado en un momento en que había
desaparecido el custodio de la policía porteña, y se llevaron expedientes y
regalos de Navidad del baúl. Sin dudar dijo que era una amenaza, que por lo
visto surtió efecto: la solicitud de intervención presentada por la rama
sindical de Cambiemos (las 62 Organizaciones del difunto Jerónimo Venegas), el
decreto de la jueza y el comentario posterior del interventor Luis Barrionuevo
salieron de la misma pluma. Incluso, la parte resolutiva está escrita con las
mayúsculas de los servicios de informaciones, que no de la judicatura, como
indicio de catanpeitismo, una enfermedad viral en el fuero. Tampoco le pidieron
opinión sobre el nombre del interventor, porque en ese caso hubiera dicho que
debería ser abogado, contador o economista, inscripto en el Colegio Público de
Abogados o el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, según el reglamento
del Consejo de la Magistratura, ni tener relación con la entidad intervenida,
según el Código Procesal Civil y Comercial. Servini no insistió en ser
escuchada porque entendió el episodio de noviembre con su auto y porque la
ilusionaron que ese fallo podría debilitar la prescindencia de Macrì en el
pedido de juicio político contra el presidente de la Corte Suprema. Servini es
la principal informante de Elisa Carrió en esa solicitud, porque Ricardo
Lorenzetti hizo cesantear a su hijo Eduardo Cubría en la batalla por la
administración del Consejo de la Magistratura. Intimidado ante esa perspectiva,
Lorenzetti dio marcha atrás con la Acordada 4 que había recordado la necesidad
de selección por el Consejo de la Magistratura y acuerdo del Senado para
trasladar a un juez de un tribunal a otro, y firmó la Acordada 9, que convalida
esos traslados. La única excepción hasta ahora es el TOF 9, creado ad hoc para
condenar a CFK en varias causas. Asediado, Lorenzetti organizó una visita de
periodistas a la central de inteligencia desde la cual se graban las
comunicaciones de los teléfonos intervenidos, para negar responsabilidad en su
filtración. La condujo el titular del organismo, Juan Tomás Rodríguez Ponte,
tan mal que mostró las pantallas con la nómina de teléfonos intervenidos. Por
ejemplo la Granja Educativa Hotel de Campo Los Robles, que se ofrece para
fiestas infantiles de colegios católicos, la empresa FIT-ADN o el investigado
en la causa por el abuso de jugadores de fútbol Leo Cohen Arazi. Es decir, una
filtración ilegal para negar otras.
Una aberración constitucional
La sustitución por los jueces de las autoridades
de los partidos políticos es una aberración constitucional. El artículo 37 de
la Constitución “garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con
arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en
consecuencia”; el 38 define a los partidos políticos como “instituciones
fundamentales del sistema democrático”, aporte del líder radical Raúl Alfonsín
a la reforma. “Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro
del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y
funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia
para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la
información pública y la difusión de sus ideas”, continúa el texto.
El único fundamento que Servini atino a
mencionar fue “la derrota en los comicios presidenciales como así también el
fracaso en el acto electoral para elegir gobernador en el distrito más grande
del país” y “el grado de división alcanzado”. Hasta ahora el resultado de las
elecciones, quien gana y quien pierde, no era de competencia de la justicia
electoral. Luego de esta primera alusión a CFK, agrega que “reconocidos
dirigentes partidarios apoyaron candidaturas de partidos o frentes políticos de
los que el Justicialismo no formó parte o directamente se han postulado como
candidatos de esas agrupaciones que compitieron en el último proceso electoral
contra el partido fundado por el General Perón”. Esto constituiría un
“vaciamiento partidario, provocado por quienes dicen ser peronistas al solo
efecto de obtener una ventaja electoral”. Si algo faltaba para transparentar el
mensaje, está en la cita de Perón que transcribe: “El peronismo anhela la
unidad nacional y no la lucha”. Sólo faltó explicitar la unidad o la lucha con
quién.
Para colmo de ironía concluye con una cita de
las Lecciones de Derecho Constitucional del Procurador de Yrigoyen, José
Nicolás Matienzo, sobre la organización republicana de los partidos como
requisito para la organización republicana de la Nación. Matienzo era de
quienes creía que las facultades de los
jueces se limitaban a la resolución de conflictos y nunca podían sustituir en
las decisiones a los órganos políticos. Incluso rechazó en un dictamen la
intervención judicial en un juicio político. Se hubiera horrorizado ante jueces
que legislan, deciden sobre designaciones o remociones de jueces, declaran
inconstitucional la Constitución o dirigen partidos políticos.
El decreto de Servini dice que el interventor
judicial deberá dialogar con todos los sectores partidarios. Pero por si
alguien no había entendido qué se busca con su nombramiento, Barrionuevo dijo
que dialogará con todos menos con los kirchneristas, porque no son peronistas y
buscan usar al PJ como guarida.
Últimas noticias de Macondo
Existía acuerdo para comenzar la implementación
del Código Procesal Penal por Salta y
Jujuy, cuyo gobernador Gerardo Morales es vanguardia en la reducción de
derechos y el encarcelamiento de opositores. Milagro Sala fue detenida por
encabezar una protesta frente a la gobernación en enero de 2016, el ex
gobernador y presidente del Partido Justicialista Nacional, Eduardo Fellner, la
siguió el jueves 12 de este mes. La reforma en trámite intenta someter al resto
de los gobernadores que no se plieguen a la voluntad presidencial. Una lógica
que también se aplica a jueces o periodistas. En cambio los gobernadores del
oficialismo tienen absoluto respaldo para cualquier iniciativa. El viernes 13
fue detenido en San Salvador el dirigente de la Túpac Amaru Santiago Hamud,
acusado junto con otras nueve personas de atentado a la autoridad, por haber
manifestado el 4 de abril mientras Morales explicaba en la Legislatura la
libertad que él garantiza en la provincia. Pero el sábado 14 recuperó su
libertad Fellner, prueba adicional de que su detención no tuvo otro propósito
que amedrentar a conjunto de la dirigencia política.
Su soltura se produjo en medio de un áspero
intercambio de recriminaciones entre los fiscales (Liliana Fernandez de Navarro
y Diego Cussell) y el juez Isidro Cruz. Los fiscales se retiraron de la
audiencia recriminando al juez que no le haya leido los cargos en su contra,
del conocido linaje “Se han robado todo”.
Fernández de Navarro es la íntima amiga del ministro Ekel Meyer que en
enero de 2016 forzó plazos, competencias y testimonios para justificar la
detención ilegal y arbitraria de Milagro Sala, que según Ernesto Sanz era
prerrequisito de la gobernabilidad jujeña. Como el juez no se prestó a ese show
predilecto de Morales, Montiel abandonó la audiencia seguida por Cussell, con
lo cual Fellner hubiera podido
continuar bajo arresto por tiempo indefinido. Pero el juez Cruz fundamentó en
esa deserción de los fiscales la libertad del ex gobernador. Como telón de
fondo está la intención de Morales de promover a la Suprema Corte al fiscal
general de Acusación Sergio Lello Sánchez y otorgar al ministerio público el
manejo de sus recursos. Entre los jueces comienza a señalarse que la mala
gestión de Lello en el manejo de las investigaciones terminará con la caída de
las causas por corrupción. Otros actores de la política jujeña suministran una
explicación alternativa para la voltereta del juez Cruz, que detiene un dia y
libera al siguiente: “Morales lo apretó para que detuviera a Fellner y Fellner
lo apretó para que lo largara. Aquí todos tienen un muerto en ropero”.
Fuente: El Cohete a la Luna