Peter Robledo subsecretario Nacional de Juventud
enfureció cuando Infobaires24 dio a conocer que cobraba mil dólares por día en
concepto de viáticos
VANO INTENTO DEL SECRETARIO DE JUVENTUD DE MACRI
DE ACALLAR LA PRENSA DIGITAL
Cristina con Peter Robledo. Luego de que el
subsecretario Nacional de Juventud, amenazara a InfoBaires24 por haber sacado a
la luz los exorbitantes montos que cobró en concepto de viáticos, la Justicia
rechazó su pedido de medida cautelar y consideró que “la información publicada
está protegida por la garantía que resguarda la libertad de expresión”.
Por Juan del Barrio
NAC&POP
octubre 21/2016
Luego de que el subsecretario Nacional de
Juventud, Pedro “Piter” Robledo, amenazara a InfoBaires24 por haber sacado a la
luz los exorbitantes montos que cobró en concepto de viáticos, la Justicia
rechazó su pedido de medida cautelar y consideró que “la información publicada
está protegida por la garantía que resguarda la libertad de expresión”.
La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el
pronunciamiento que rechazó una medida cautelar iniciada por el subsecretario
Nacional de Juventud, Pedro Robledo, contra Google, el administrador de
InfoBaires24, Ignacio Campos y el sitio La Nueva Comuna de Necochea, por
haberse hecho eco de lo publicado.
Los camaristas Maria Susana Najurieta y Ricardo
Guarinoni, integrantes de la Sala I de la Alzada, rechazaron el recurso del
actor en autos “Robledo, Pedro c/ Campos, Pedro Ignacio y otro s/ medidas
cautelares”, que buscaba revertir el fallo de Primera Instancia que desestimó
su pedido.
Robledo enfureció cuando este medio dio a
conocer que cobraba mil dólares (aproximadamente 16.000 pesos) por día en
concepto de viáticos, según un documento al que tuvimos acceso directo.
En su demanda, el joven PRO dijo la nota
reproducía “en forma maliciosa e injuriante” afirmaciones falsas que le
generaban “un mal imposible de revertir” y que “a priori, se exteriorizan en el
acoso periodístico sufrido a partir de dicha publicación”.
La prueba aportada corrobora que la información
objetada no se refiere a la vida privada del actor, sino que tiene relación con
cuestiones relacionadas con la función pública que desempeña.
La resolución de Primera Instancia rechazó el
pedido, ya que el juez consideró que los elementos aportados a la causa
resultaban “insuficientes para juzgar la existencia de una lesión a los
derechos personalísimos del actor” y que la determinación de la veracidad de
los hechos “exorbita el marco cognitivo cautelar”.
Además, agregó que la información publicada
estaba protegida por la garantía que resguarda la libertad de expresión: “En el
caso, la medida cautelar ha sido solicitada contra el Sr. Campos en su carácter
de titular del sitio y contra Google.
Sin perjuicio de que no se acompañó el listado
de resultados a través del buscador de Google, la prueba aportada corrobora que
la información objetada no se refiere a la vida privada del actor, sino que tiene
relación con cuestiones relacionadas con la función pública que desempeña y se
encuentra alojada en un sitio de noticias”, asegura el pronunciamiento de la
Alzada.
Desde InfoBaires24 celebramos la resolución y
ratificamos nuestro compromiso con la búsqueda de la verdad, la construcción de
medios alternativos a los hegemónicos y la defensa de la comunicación popular;
un compromiso que ninguna denuncia, amenaza o apriete del Gobierno de Mauricio
Macri podrá hacer claudicar.
Fuente: Nac&Pop